Los organismos descentralizados tienen la obligación de transparentar la información que pide el artículo 71 de la ley de transparencia y acceso a la información pública del estado de Chihuahua, que textualmente dice:
Artículo 71: Los sujetos obligados deberán difundir de manera permanente la información a que se refiere el artículo 77, en sus portales de internet y a través de la plataforma nacional, de acuerdo a los lineamientos que, para tal efecto, emita el sistema nacional, o a través de publicaciones escritas u otros medios accesibles a cualquier persona.
Así como específica el artículo 73 de dicha ley:
Artículo 73: La página de inicio de los portales de internet de los sujetos obligados tendrá un acceso directo al sitio donde se encuentra la información pública a la que se refiere este título, el cual contará con un buscador.
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